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ARBA permitirá cancelar impuestos con compensación de saldos a favor en otros tributos - La Camara
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ARBA permitirá cancelar impuestos con compensación de saldos a favor en otros tributos

Desde mañana, estará operativo en ARBA algo inédito en el ordenamiento impositivo argentino: se podrán cancelar impuestos con el saldo a favor en otros tributos distintos de la provincia de Buenos Aires. Este pedido fue realizado por la Cámara de comercio de Escobar a las autoridades, en numerosas oportunidades.

Los actores económicos sufren retenciones o percepciones y a la vez retienen o perciben el impuesto a los Ingresos Brutos a otros.

 De esta manera, muchas veces se genera saldo a favor en el impuesto por retenciones que exceden la obligación a cumplir.

Pero, a la vez, se les generan deudas por retenciones practicadas a otros no depositadas, muchas veces por los problemas administrativos que conlleva la tarea de recaudar impuestos para el fisco.

Estas dos situaciones hasta ahora iban por carriles separados hasta ahora en todas las provincias, pero ARBA pondrá operativo desde mañana un mecanismo de compensación de saldos web.

Esta medida debía entrar en vigor en octubre, pero ARBA prorrogó hasta hoy, lunes 9, la entrada en vigencia del procedimiento de compensación de saldos deudores y saldos acreedores.

Por este motivo, se espera que hoy ya esté operativa la compensación de saldos de distintos impuestos.

Los puntos claves

Los principales puntos del nuevo esquema son los siguientes, enumeró Gustavo Policella, del estudio del mismo nombre:

1. Los trámites se realizarán íntegramente, y de manera automatizada, a través del sitio oficial de ARBA.

2. Puede solicitarse la compensación de saldos acreedores con saldos deudores correspondientes a los impuestos que siguen:

-Inmobiliario.

-A los Automotores.

-Sobre los Ingresos Brutos.

-Como contribuyente local o sujeto al régimen de Convenio Multilateral.

-Como agente de recaudación.

3. Se incluyen capital de la obligación tributaria, sus intereses, recargos y multas.

4. Se compensarán en primer término los saldos a favor no prescriptos, que registren una mayor antigüedad.

5. Se aplicarán, en primer término, a la cancelación de los saldos deudores de la misma obligación tributaria, comenzando por los más antiguos.

6. En caso de subsistir un remanente a favor, el mismo se aplicará a la cancelación de los saldos deudores de otras obligaciones que registre, en su condición de contribuyente o de agente de recaudación.

7. Antes de proceder a la compensación, la aplicación informática verificará, de manera automática, el cumplimiento de las siguientes principales condiciones:

-No encontrarse sujeto a un procedimiento de fiscalización en curso.

-Haber presentado las declaraciones juradas del tributo que le correspondan en ese carácter, con relación a la totalidad de los anticipos vencidos.

-No registrar deuda en instancia judicial.

-No encontrarse el contribuyente sujeto a concurso preventivo o quiebra.

Reintegro de crédito fiscal

Lo que está vigente hasta ahora solamente es que los contribuyentes que tributan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y posean crédito fiscal con ARBA de hasta $200.000 podrán solicitar su reintegro desde la web del organismo, incluso si revisten dentro del Convenio Multilateral. Una vez iniciado el trámite digital, recibirán la devolución en 72 horas.

En octubre de 2017 el tope para acceder al trámite web de devolución era de $10.000 y se fue elevando de forma gradual hasta llegar ahora a $200.000.

Esa ampliación de límites permitió a ARBA alcanzar a más del 95% de los contribuyentes con saldo a favor, quienes pueden iniciar el trámite por internet y recibir su reintegro en 72 horas.

Con la compensación de saldos que impulsó su titular, Cristian Girard, ARBA da un paso más para agilización de la aplicación de los créditos a favor de los contribuyentes, los que de lo contrario les producen perjuicios económicos.

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