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La AFIP oficializó la suspensión de embargos y nuevo plan de pagos para las pymes.
Mediante la publicación en Boletín oficial de la Resolución General N°4557/2019 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la suspensión por 90 días corridos de embargos y la implementación de nuevos planes de facilidades de pago para aliviar al sector pyme dados los acontecimientos económico-financieros que afronta el país.
La medida alcanza a las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos estén o no inscriptos en el Registro Mipyme.
Régimen de facilidades de pago
Según la normativa se podrán cancelar obligaciones impositivas y los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 15 de agosto de 2019
Para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y monotributistas autónomos, el plan incluye hasta 120 cuotas con un tope de tasa de 2,5%. Mientras que para el resto de los contribuyentes, el plan puede ser de 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%, 48 cuotas con un pago a cuenta de 10% y 60 cuotas con un pago a cuenta de 20 por ciento.
Los contribuyentes podrán ingresar en esta iniciativa entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de este año, mientras que el primer pago del nuevo plan se hará el 16 de diciembre independientemente de la fecha en que se confeccionó el plan.
Respecto a Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales, podrán financiarse a través del Miniplan, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.
Suspensión de juicios
A su vez, se estableció la suspensión por 90 días corridos de los embargos a partir del 14 de agosto. Los contribuyentes también podrán disponer libremente de las sumas que tengan embargadas.
Para más información: Ver Resolución General 4557/2019