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Precios transparentes - La Camara

Precios transparentes

El Gobierno oficializó una resolución para que los comercios exhiban diferenciados los precios de los productos al contado y financiado. Es para darle mayor información a los consumidores y evitar engaños.

 

El plan es terminar con el concepto de cuotas “sin interés”, ya que se considera que es una artimaña comercial. Por eso, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial una resolución que busca «transparentar» los costos financieros al comprar bienes o servicios en modalidades financiadas. La decisión entrará en vigencia el 1° de febrero.

La Resolución 51-E/2017 de la Secretaría de Comercio aborda la política de precios transparentes, exigiendo diferenciar claramente el precio de contado del de cuotas y explicitar el costo financiero total. En este sentido, se especifica que no se podrá incluir el costo de financiación en el precio en un solo pago, de manera tal de igualar el precio de contado con un plan de cuotas presentadas como «sin interés».

La medida busca evitar que los intereses de financiamiento se trasladen a quienes pagan al contado, ya sea con efectivo, débito, crédito u otros medios de pago electrónicos. En otras palabras, que no deban pagar una financiación que no utilizan.

Esta nueva regla económica apunta a estimular el consumo, que los consumidores tengan toda la información necesaria para tomar sus decisiones y los comerciantes compitan mejor, con promociones claras y genuinas. Pero ello no implica necesariamente que los precios vayan a mejorar.

Desde el oficialismo creen que podrían bajar hasta un 20% los precios al pagar al contado. No obstante, el secretario de Comercio, Miguel Braun, relativizó el impacto de esta medida sobre los precios: «El Gobierno no los controla. Y si los comercios se cartelizan, los precios no van a bajar «, advirtió el funcionario. Y aclaró que el objetivo de la medida es que «los comercios y los bancos digan la verdad y después el consumidor decida qué hacer».

Por su parte, el titular de Consumidores Libres, Héctor Polino, coincidió en rechazar que la entrada en vigencia de esta normativa implique una caída automática en los precios con pago al contado. «Podría traducirse en una reducción, pero todo está por verse. Todos sabemos que cuando se produce un aumento de precios generalmente no se retrotraen ni bajan», analizó.

«Me parece bien como aspiración pero ahora hay que ver si se concreta en la realidad y qué medidas piensa tomar el ejecutivo. Todo depende de la voluntad política del Gobierno para obligar a empresarios a retrotraer precios que fueron inflados en función de los planes de ventas en cuotas», añadió.

El procedimiento para la aplicación de los requerimientos especificados en la norma establece que la publicidad del costo financiero total deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas. Se tendrá que consignar precio de contado, cantidad y monto de cada una de las cuotas y costo financiero total cuando los precios se exhiban financiados.

Quienes comercialicen productos o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones de contado o efectivo, con tarjeta de débito, con otros medios electrónicos de pago o con tarjeta de crédito en un solo pago. Tampoco podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes la frase “sin interés” (o cualquier alternativa similar), cuando el costo de la financiación del producto o servicio se traslade al precio de venta al consumidor.

El incumplimiento de lo establecido será sancionado conforme a lo previsto en las leyes de Lealtad Comercial (Nº 22.802) y de Defensa del Consumidor (Nº 24.240), que prevé multas de hasta cinco millones de pesos.

A partir de ahora, para quien disponga el dinero y pueda comprar en un solo pago será más conveniente elegir esa modalidad que financiar la compra. Sin embargo, aquellos consumidores que no tengan en mano el dinero necesario deberán asumir costos más altos por la financiación.

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