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Facturación electrónica - La Camara
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Facturación electrónica

La AFIP extendió hasta el 1º de octubre el plazo para que todos los responsables inscriptos adhieran al nuevo régimen. “Estamos trabajando en función de un sistema ecológico y sin papel, propio de una administración tributaria del Siglo XXI”, destacó Ricardo Echegaray.

 

A partir del 1° de octubre comenzará a regir la facturación electrónica obligatoria para todos los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este régimen, que desde 2011 es imperativo para los monotributistas de las categorías H a L, reemplazará a los clásicos comprobantes en formato de papel.

La medida, publicada por la AFIP en su resolución 3749/15 del 10 de marzo, contemplaba al 1° de julio como fecha límite para la adecuación, pero el organismo decidió extender tres meses más el plazo. Lo hizo para contemplar situaciones planteadas por los contribuyentes en las que se informen dificultades para cumplir en término con el régimen.

Habrá dos formas de emitir las facturas a partir de ahora: a través de la página de la AFIP (afip.gov.ar) con clave fiscal o por Webservices, comunicación directa entre sistemas implementados por los contribuyentes o consultantes y los sistemas o bases de datos del organismo sin necesidad de ingresar a un navegador web.

En contrapartida, ni los monotributistas que se encuentren entre las categorías B y G ni los trabajadores exentos de IVA tienen la obligación de adaptarse al nuevo régimen, aunque igualmente pueden hacerlo si así lo desean.

Desde la entidad estatal destacaron que la generalización del uso de estos comprobantes, lejos de enfrentar a las compañías con sus proveedores, favorecerá la relación, simplificando y agilizando la operatoria comercial entre las partes.

Asimismo, con esta resolución el organismo comandado por Ricardo Echegaray da de baja a partir de octubre los regímenes de información de actividades como medicina prepaga, colegios privados, transferencias onerosas de obras de arte, locación de inmuebles y locación temporaria de inmuebles con fines turísticos.

En una segunda etapa, a partir del 1° de enero del año próximo, también desaparecerán los regímenes de las productoras de seguros, expensas, prestaciones de modelaje, productores de leche, tabaco y pescado, subastas y remates, combustibles y transporte de caudales.

La idea es establecer en 2016 el IVA “proforma”: una declaración jurada automática y mensual del IVA que el contribuyente deberá ratificar o rectificar. Con el nuevo sistema se obtendrán datos en tiempo real y por eso ya no harán falta los regímenes informativos.

Sobre la nueva disposición, Echegaray consideró que estas modificaciones significan una “simplificación tributaria” para todos los contribuyentes, a través de lo que denominó un “upgrade tecnológico”.

“Somos una administración fiscal y tributaria que está dando pasos enormes en la senda de la informatización de los procesos con el objetivo de simplificarles la tarea a los contribuyentes”, aseguró.

Por otra parte, quienes cuenten con controladores fiscales quedarán momentáneamente exceptuados de la medida, aunque el titular de la AFIP aclaró que se están desarrollando nuevas herramientas que se encuentran a la espera de la aprobación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

“Estamos trabajando en función de un sistema ecológico y sin papel, propio de una administración tributaria del Siglo XXI”, destacó en su momento el funcionario.

En consecuencia, hasta tanto los contribuyentes alcanzados por la medida implementen definitivamente la nueva herramienta, hasta el 30 de septiembre inclusive mantendrán plena vigencia y validez los comprobantes que se emitan en papel.

Por Alejo Porjolovsky

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