La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresarias del sector acordaron trasladar la conmemoración del Día del Empleado de Comercio de este año al lunes 29 de septiembre, en lugar del 26, tal como lo establece la Ley 26.541.
El entendimiento fue rubricado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por representantes gremiales y empresariales de la FAECyS, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).

Los alcances del acuerdo
- El lunes 29 de septiembre de 2025 será la fecha en que los empleados de comercio celebrarán su día.
- La jornada se considerará feriado nacional a todos los efectos legales: no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal.
- En materia salarial, se deberán aplicar las normas laborales vigentes previstas en la Ley de Contrato de Trabajo y en la Ley 26.541.
- Las partes solicitaron la homologación de este acuerdo a la Secretaría de Trabajo de la Nación.
Contexto
El Día del Empleado de Comercio fue instituido en 2009 por la Ley 26.541, conmemorando cada 26 de septiembre la fundación de la FAECyS. Sin embargo, de manera habitual, sindicatos y cámaras empresarias acuerdan trasladar la fecha al lunes más próximo para facilitar el descanso y la organización de la actividad comercial.
Con esta medida, más de un millón de trabajadores mercantiles en todo el país podrán celebrar su día en una jornada especialmente dedicada a ellos.
FUENTE: EL NUEVO DIGITAL https://nuevodigitaldeescobar.com.ar/?p=17775